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IDEA Parte C

IDEA Parte C es un programa que cubre servicios de intervención temprana para niños/as con discapacidades desde el nacimiento hasta los 2 años. Un/a niño/a no tiene que estar inscrito en la escuela para participar en IDEA Parte C.

¿Quién proporciona el servicio?

En California, los Centros Regionales son responsables de proporcionar los servicios de IDEA Parte C a los niños/as con discapacidades del desarrollo. Los distritos escolares son responsables de proporcionar servicios a los niños/as cuyas discapacidades se deben únicamente a impedimentos visuales, auditivos u ortopédicos.

Los Centros Regionales son financiadores de último recurso. Esto significa que incluso si un/a niño/a es elegible para IDEA Parte C, el Centro Regional puede requerir que la familia obtenga ciertos servicios a través de su plan de seguro privado o Medi-Cal. Sin embargo, incluso si un/a niño/a puede obtener servicios a través de un seguro o Medicaid, el Centro Regional pagará por la evaluación inicial y proporcionará servicios mientras la familia espera a que el seguro o Medi-Cal aprueben el servicio.

¿Quién es elegible?

Los niños menores de 3 años son elegibles para los servicios de IDEA Parte C si tienen un retraso en el desarrollo que afecta el desarrollo de la comunicación. También pueden ser elegibles si tienen una discapacidad del desarrollo que afecta el desarrollo cognitivo; el desarrollo físico y motor, incluyendo la visión y la audición; el desarrollo social o emocional; o el desarrollo adaptivo.

Ya que puede ser difícil diagnosticar a los niños a una edad temprana, no es necesario que el retraso sea causado por una discapacidad conocida. En lugar de ello, un profesional calificado sólo necesita encontrar que hay una "diferencia significativa" entre el nivel actual de funcionamiento del niño y el nivel de desarrollo esperado para niños de la misma edad. Los retrasos son significativos si:

  • El niño tiene menos de 2 años y hay un 33% de diferencia entre las habilidades de un niño en uno o más áreas, y las habilidades esperadas para niños de su edad;
  • El niño tiene más de 2 años y hay un 50% de diferencia entre las habilidades de un niño en un área, y las habilidades esperadas para niños de su edad; o
  • El niño tiene más de 2 años y hay un 33% de diferencia entre las habilidades de un niño en dos o más áreas, y las habilidades esperadas para niños de su edad;

Los niños a los que se les diagnostica que podrían estar en "riesgo" de retraso en el desarrollo también pueden ser elegibles, siempre y cuando su condición subyacente tenga una alta probabilidad de conducir a una discapacidad del desarrollo en el futuro. Sin embargo, los fondos para los niños en esta categoría son limitados y es posible que no todos los niños en este grupo reciban servicios.

Qué está cubierto

Los servicios de IDEA Parte C pueden incluir:

  • Evaluaciones y pruebas
  • Terapia del habla y lenguaje
  • Terapia ocupacional
  • Terapia física
  • Coordinación de servicios
  • Tecnología de asistencia, incluyendo AAC y capacitación sobre cómo usar AAC
  • Consejería y entrenamiento familiar

Los servicios bajo IDEA Parte C deben proporcionarse en el "ambiente natural" del niño/a, como el hogar. A veces los servicios se proporcionan en un ambiente de grupo para que los niños puedan aprender a interactuar con sus compañeros.

Cómo acceder a los servicios

Para tener acceso a los servicios a través de IDEA Parte C, el Centro Regional debe recibir una referencia para los servicios de parte de los padres, el médico u otro proveedor de servicios (como un programa de guardería, un programa de bienestar infantil u otro proveedor de servicios sociales o de salud). La referencia se puede hacer por teléfono al Centro Regional local o por medio de una carta. La referencia debe:

  • Describir las necesidades del niño; y
  • Pedir servicios de intervención temprana.

Una vez que ha recibido una referencia y los padres han consentido a los servicios, el Centro Regional debe hacer todo lo siguiente en el plazo de 45 días:

  • Proporcionar una evaluación oportuna, comprensiva y completa - incluyendo una evaluación de la comunicación, si es necesario.
  • Hacer una determinación de elegibilidad. La determinación debe tener en cuenta no sólo la evaluación, sino también otros registros de salud e información por parte de personas que conocen bien al niño/a.
  • Si el niño/a es elegible, el Centro Regional debe completar una evaluación para la planificación de servicios que tome en cuenta las necesidades y fortalezas del niño/a, así como la situación general, prioridades y recursos de la familia. Debe identificar los servicios de intervención temprana para atender las necesidades del niño/a.
  • Si el niño/a es elegible, el Centro Regional también debe desarrollar un Plan Individualizado de Servicios para Familias (IFSP, por sus siglas en inglés). Este plan debe ser desarrollado por un equipo interdisciplinario que incluya a los padres.

El IFSP para un/a niño/a con retrasos en la comunicación debe incluir:

  • Una descripción de las habilidades de comunicación actuales del niño/a.
  • Una descripción de las metas de comunicación del niño/a, y una declaración de los servicios que el niño/a recibirá para lograr estas metas.
  • Fechas concretas en las que comenzarán los servicios (los niños/as con IFSP no pueden ser colocados en listas de espera).
  • Una descripción de quién proveerá los servicios.
  • Una persona que coordinará los servicios.
  • Un plan de transición para asegurar que el niño/a continúe recibiendo los servicios apropiados de otros proveedores (como el distrito escolar) después de cumplir los 3 años de edad.

Hacer cumplir los derechos a los servicios de IDEA Parte C

Audiencias de Debido Proceso

Si una familia no está de acuerdo con la propuesta de IFSP del Centro Regional, puede solicitar una audiencia de "debido proceso". En la audiencia, la familia puede explicar por qué cree que el niño/a necesita servicios distintos a los que ofrece el Centro Regional. Si el Centro Regional está proponiendo dejar de proporcionar un servicio que ha proporcionado al niño/a en el pasado, la familia del niño/a puede invocar su derecho a "dejar las cosas como están" o continuar recibiendo servicios, mientras la audiencia está pendiente.

Las solicitudes de audiencia deben enviarse a:

Office of Administrative Hearings
2349 Gateway Oaks Drive, Ste. 200
Sacramento, CA 95833
Fax: 916-376-6318br Attn: EarlyStart

La solicitud de audiencia debe incluir:

  • El nombre del reclamante
  • El nombre del niño o niña
  • Dirección y número de teléfono del reclamante
  • Una descripción de la discapacidad del niño/a
  • Una descripción de los servicios que la familia está solicitando y una explicación de por qué los servicios son necesarios
  • Una descripción de los pasos que la familia ya ha tomado para resolver el problema.

Puede comunicarse con la Oficina de Audiencias Administrativas al (916) 263-0654.

Quejas

Si la familia cree que el Centro Regional no ha proporcionado los servicios de IFSP o no ha seguido los procedimientos requeridos, puede presentar una queja. La queja debe ser dirigida a:

California Department of Developmental Services
Office of Human Rights and Advocacy Services
Attn: Early Start Complaint Unit
1600 Ninth Street, Room 240, M.S.- 215
Sacramento, CA 95814

La queja debe incluir:

  • El nombre del reclamante
  • El nombre del niño/a
  • Dirección y número de teléfono del reclamante
  • Una descripción de los hechos relacionados a la queja
  • Una descripción de los pasos que la familia ya ha tomado para resolver el problema.

Si la familia ya tiene un coordinador de servicios, el coordinador de servicios debe ayudar a escribir y presentar la queja.

Otros recursos

Para obtener más información sobre los servicios de IDEA Parte C, por favor vea:

Spanish